Ciudad de México.- El Congreso de Chiapas aprobó una iniciativa que penaliza con cárcel por difundir contenido sexual de una persona sin su consentimiento en medios digitales.
El delito contra la privacidad sexual o intimidad corporal fue adicionado este domingo al Código Penal de Chiapas. Este delito marca una pena de entre 2 y 4 años de cárcel a quienes publiquen o difundan a través de cualquier medio electrónico, fotografías, videos o audios sobre la vida sexual de una persona sin su permiso.
Lo logramos!!!
En #Chipas de 3 a 6 años y con el doble de pena a quién comparta contenídos íntimos sin consentimiento @SororidadFrente?✊ @AidaGJimenez nuestra gran voz en el Congreso. pic.twitter.com/qXFx6FnFnI— OlimpiaCoral (@OlimpiaCMujer) 3 de marzo de 2019
La pena aumenta entre 3 a 5 años de prisión si el sujeto del delito tiene o tuvo una relación afectiva o de confianza con la víctima.
Entre las sanciones se aprobó también una multa de hasta 200 y 400 días de salario mínimo. Para que los responsables de “filtrar el pack” sean castigados deberá haber una denuncia de parte de la o el afectado.
La iniciativa fue promovida por la diputada local Ada Guadalupe Jiménez y la activista Olimpia Coral Melo, ésta última creadora del Violentómetro Digital, donde se han detectado imágenes y video no consensuado de mujeres menores de edad en plataformas pornográficas.
Así la violencia digital en #Chiapas.
Impulsa #LeyOlimpia la Dip. @Aida Gpe Jiménez Sesm en el Congreso del Estado #FrenteParaLaSororidad @OlimpiaCMujer pic.twitter.com/lP5BhOC5sH— Diana Luz (@DianaLuzVa) 2 de marzo de 2019